
Cambios en el certificado digital
El certificado digital tiene una gran importancia para la gestión de sociedades
Hace casi dos años publicamos el artículo ¿Debo tener certificado digital? en nuestro blog donde mostrábamos como solicitar el certificado digital para particulares, para empresas y para asociaciones.
Pues esta vez os queremos informar de los diferentes cambios que ha habido desde entonces en la emisión y utilización de los certificados digitales y los cambios que esto conlleva en la normativa tributaria y legal de las asociaciones y sociedades científicas especialmente.
Certificado digital: ¿Qué ha cambiado exactamente?
Para adaptar los certificados digitales a la normativa europea, a partir del 1 de julio de 2016 ya no se emiten certificados de firma electrónica a favor de personas jurídicas o entidades sin personalidad jurídica, si bien estos certificados (conforme a las directrices del Ministerio de Industria, Energía y Turismo) se pueden seguir utilizando hasta su caducidad.
Para sustituir a dichos certificados, la FNMT-CERES ya emite unos nuevos certificados de representante de personas jurídicas (viene a ser lo mismo pero el certificado no solo identifica a la Asociación sino también a su representante legal).
Con este nuevo certificado, una misma asociación o sociedad científica podría tener varios certificados digitales para representar a la misma pero emitidos a nombre de las diferentes personas que tengan representación legal.
Por ejemplo, se podría emitir un certificado a nombre del presidente/a y otro a nombre del secretario/a, con lo que siempre se sabría qué persona ha hecho cada trámite.
¿Y siguen siendo gratuitos?
Por desgracia, la implantación y emisión de los nuevos certificados ha traído consigo unas nuevas tasas que antes no había que abonar. Los nuevos certificados de representante de persona jurídica tendrán un coste de 14€ y los de administrador único o solidario de 24€ (para empresas), impuestos no incluidos.
El proceso para obtenerlos sigue siendo el mismo y se puede consultar en la web de la FNMT.
Certificado digital: DEH para notificaciones electrónicas
El aspecto más importante del certificado digital para las asociaciones y sociedades científicas implica que estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo. Es decir, que para cualquier trámite será obligatorio hacerlo a través de la web para todas las asociaciones, incluyendo la recepción de notificaciones, por ejemplo, de la Agencia Tributaria o de la Seguridad Social.
Una vez ya tenemos en nuestro poder el certificado, el siguiente paso será darnos de alta en la plataforma de Notificaciones Electrónicas que permite a cualquier persona física o jurídica recibir por vía telemática las notificaciones administrativas.
Una vez dentro de la plataforma, tendremos que registrarnos con el certificado y seguir los pasos que nos indican. Si nuestra asociación debe estar suscrita a algunos procedimientos, por ejemplo, del Ministerio de Sanidad o Ministerio de Industria, tenemos un apartado donde poder localizarlos y estar suscritos correctamente.
Si todavía no tienes tu certificado digital… ¡No esperes más! ¡Recuerda que es obligatorio!