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solicitud del NIF

Creación asociación (II): solicitud del NIF

Dotar a la asociación de personalidad jurídica es vital

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    En un artículo anterior, os hablamos del proceso de creación de una asociación. Pues bien, hoy vamos a hablar de otro paso que debemos realizar para continuar con este proceso, cuanto menos igual de importante que el anterior, dotar a la asociación de personalidad jurídica.

    ¿Qué significa dotar a una asociación de personalidad jurídica?

    No es más que darle un número de identificación fiscal o NIF, como las personas físicas con el número de DNI. Para ello, deberemos entregar ante la Agencia Tributaria varios documentos:

    • Original y copia de los estatutos sellados por el Registro de Asociaciones.
    • Original y copia del acta fundacional.
    • Fotocopia del DNI de un socio fundador que vaya a firmar el famoso modelo 036 de la Agencia Tributaria.

    modelo 036 de la agencia tributaria

    La primera vez que se entrega el modelo 036, se ha de hacer físicamente en cualquier delegación de la Agencia Tributaria, sin embargo, las modificaciones a posteriori podrán hacerse a través del registro telemático con un certificado digital válido.

    Este paso es imprescindible para dotar de vida a nuestra asociación, puesto que este número que nos asignarán (y que empezará con la letra “G”) seguirá a la asociación durante toda su vida.

    Junto con la obtención del NIF, también necesitamos informar a Hacienda de nuestras “actividades económicas”. En el modelo 036 también deberemos darnos de alta en los impuestos en los que podamos estar afectados, como por ejemplo, las retenciones practicadas (IRPF), el IVA o el IS.

    targeta de identificación fiscal

    No debemos pensar que las retenciones practicadas del IRPF son solo para nuestros trabajadores (si los tuviéramos), también debemos practicarlas a todos aquellos profesionales independientes con los que trabaje nuestra asociación (asesores, ponentes, premios, becas, retenciones a los alquileres…). Periódicamente, también deberemos ingresar en Hacienda estas cantidades (una vez al trimestre).

    ¿Cuántos trámites debo realizar para mi asociación?

    Crear una asociación es sencillo pero puede resultar algo “farragoso” si no estamos muy al día con estos temas, teniendo en cuenta que con las últimas modificaciones en las leyes, las asociaciones se están equiparando cada vez más a las empresas y sociedades, no en una forma impositiva, pero sí en el contenido de sus requisitos legales.

    En próximos artículos, seguiremos hablando de temas tan importantes como la solicitud del NIF, o incluso más, como puede ser la presentación del IVA o la presentación del Impuesto de Sociedades (IS). Si te queda alguna duda, ¡Sólo tienes que comentar este artículo en la parte de debajo!

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